Lourdes envía esta queja y con ella inauguramos nueva sección, que de momento la llamaré CONSULTAS A EXPERTOS, se admiten otros nombres y por supuesto AYUDA:
Yo trabajo en una empresa privada en el sector del comercio. Tengo contrato indefinido desde hace unos años y me han amenazado con despedirme porque no se vende demasiado, casi nada. Luego, si protesto cuando he de echar alguna hora de más, me vuelven a amenazar con el despido, pero de la siguiente forma: "Te echaría, pero no te voy a echar porque no tengo dinero para idemnizarte".
¿Hay alguien experto que me pueda aconsejar qué puedo hacer?
A lo mejor me interesa que me despidan, pero si me voy me quedo sin la liquidación y sin la posibilidad de cobrar desempleo. ¿Hay alguna forma de que te puedas marchar de la empresa (hacia otro empleo mejor, por ejemplo, si surgiera) y poder cobrar el finiquito o, al menos, una parte?
Necesito ayuda de expertos. Gracias.
Otra duda, si te vas de la empresa... ¿te quedas sin nada? Supongamos que te vas, y si luego el nuevo contrato es muy corto, por ejemplo, trabajar para una administración por una baja de días, cuando se te acabe el contrato con el organismo público: ¿te pueden poner pega para cobrar el desempleo y la mensualidad a cobrar de paro (si te lo dan) es menor?" .
13 comentarios:
Esta nueva sección creo que es una buena ídea para compartir ayuda y experiencias.A ver si entre todos podemos resolver algunas dudas.
Acepto sugerencias para el nombre de la sección.
Yo no soy una experta pero por mi experiencia, te diré que si te vas , sólo tienes derecho a la parte correposdiente de vacaciones, pagas extraordinarias e incluso de algunos pluses. Por supuesto no tienes derecho a paro,
Si te vas a otra empresa y te despiden o se te acaba el contrato, entonces tendrás derecho al paro correspondiente, sumando las dos empresas.
La cotización te la hacen sobre los últimos 6 meses, osea que si cobras más o menos que antes, te harán una media.
Esto es seguro.
Pero creo, no estoy segura, que puieron un mínimo de tiempo, para casos de esos, porque había mucho abuso, pero no sé cuanto es el tiempo, ni tampoco si al final se llegó a hacer.
Suerte, y a ver si encontramos algún abogado que nos confirme todo, que es muy interesante.
Gracias por confiar en "Recurso del pataleo".
Joder, la verdad es que es una buena idea, y te felicito por ello cabreada.
Un rampybeso
Genial idea!. Solo una cosa cabreada: para estos temas tan delicados en este tiempo que corre, a lo mejor se debería proteger al que consulta (si el quiere), no estoy diciendo que consulten como anónimos pero sí que aparezcan de otra manera.
Ya sabes como está el tema, que solo preguntar algunos derechos ya ofende a algunos empresarios.
De momento no es mi caso, pero conozco algunos.
Un abrazo a todos
Te apunto algunos títulos:
"Trabajadores pataleando"
"Pataleando derechos del trabajo"
Rampy: la ídea no ha sido mía, sino de la persona que envió la queja y me pareció genial. Así que saluditos para ella y que le salga bien todo.
Conchi: Tranquila que yo siempre intento proteger la intimidad del "quejante", salvo que me digan lo contrario.
Si lo veo complicado, le mando un e-mail.
Gracias por las sugernecias, tomo nota y a ver si se añaden algunas más
Perdonad perdonad un momentooooo que trabajo en cosas de estas:
RESPONDO:
A la primera pregunta:No puedes.Si te das de baja voluntaria no tienes derecho a desempleo.A no se rque trabajes en otra empresa al menos un mes.
A la segunda pregunta,la del organismo público:
Ahora contesto que no puedo entrar en un sitio,pero ahora contesto
Para la segunda pregunta,es igual,no se tienes derecho salvo que hayas estado en un mes,pero el inem puede poner problemas para esto.
Un besooooooooo
Para Cuestiones legales:
S.esoría:S!
JAJAJAJ un beso
Gran iniciativa, cabreada. Esto dota de una nueva dimensión social a tu blog, que me encanta.
Yo no entiendo los pormenores de las leyes. Entonces, ¿esa trabajadora tiene que está toda su vida allí porque no le facilitan la salida de un curro en el que no la quieren bien?
Buena cosa esta, cada día más caña..
Según ha dicho pecados es como se mueve la cosa
Si te marchas de la empresa te corresponde la parte proporcional a la paga de fin año..
Lo bueno suele ser que te echen y luego ir a otro curro.
Bueno, las respuestas que han dado por aquí son acertadas. Yo soy graduado social y si te vas de la empresa de baja voluntaria está claro que pierdes tanto el derecho a cobrar la indemnización como a cobrar el paro.
De todos modos el tema que planteas tiene muchos puntos a tratar.
En primer lugar, no pueden obligarte a hacer horas de más intimidándote y diciéndote que si no las haces te van a despedir.
Si supuestamente no hay ventas, eso signifca que no hay mucho trabajo por lo que no resulta lógico que tengas que hacer horas por hacerlas.
Cada convenio establece una serie de horas extraodinarias por fuerza mayor, mira tú convenio a ver qué dice.
Esas horas que echas de más está claro que te las tienen que pagar.
Hay una forma de irte de baja voluntaria con todos tus derechos y sucede cuando el empresario se retrasa en el pago de la nómina.
En este caso tienes que presentar tu deseo de terminar la relación laboral ante el juzgado de lo social (tendrás que seguir acudiendo a tu puesto de trabajo hasta que den la resolución) y alegar las causas que motivan tu decisión.
En el caso de que te despidan y no te paguen la totalidad de tu indemnización, te aconsejo que hagas la reclamación en el CMAC.
Besos
Me alegro de tener expertos entre nuestors cabreados habituales.
Espero que le hayan servido de ayuda vuestros consejos.
Yo por mi parte, he confirmado que el tiempo del paro era un mes, había oído campanas, pero como os dije no lo tenía calro.
Gracias a todos, por ayudar, comentar, quejaros...
Yo tengo la solución, no hagas horas extras aunque te las pidan porque si no ¡te hechan!, es lo que te interesa, así que adelante.
Otra, ve a trabajar pero pasa de ese jefecillo, si se pone tonto y te despide pues mejor que mejor, en tu caso no tienes nada que perder, peor es si no quieres que te despida porque estarías en tensión, pero que te amenace con despedirte cuando dice que no puede es de gilis.
Lo dicho, eres la que tiene la sarten por el mango.
El único problema que veo es que no te guste tu trabajo, pero si te gusta sigue en el, es fijo, y el jefe no está dispuesto a despedirte, quien da mas?
Un saludo.
Me he enterado de lo siguiente, por si pudiera servir:
- Si avisas, como mínimo 15 días antes, te quedas si nada cuando te vas.
- Si no avisas, ellos se pueden quedar con tu sueldo. Así que vete tras cobrar. Si no tienen dinero no se van a meter en follones para reclamarte quince días, cuando les has dejado la indemnización.
Curioso lo que dice Mónica. ¿Qué se considera demora a la hora del pago? Quiero decir que cuántos días se pueden llevar sin pagar.
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